Tal como plantea un proyecto de ley presentado al Congreso de la República

JNE CONSIDERA INVIABLE MODIFICAR PLAZO ELECTORAL PARA AFILIACIONES A PARTIDOS POLÍTICOS

Propuesta establecería nuevas fechas límite para que cumplan dicho requisito quienes deseen postular en elecciones primarias con miras a los comicios de 2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró inviable el Proyecto de Ley N.° 8267/2023-CR que plantea modificar las fechas límite para la afiliación de los ciudadanos a las organizaciones políticas, con miras a su participación en las elecciones primarias de los procesos electorales del 2026, de tal forma que el vencimiento de dicho plazo se produzca un año antes del acto electoral.

El Pleno del organismo electoral, mediante Acuerdo, resaltó que la fecha límite para que cumplan este requisito quienes deseen participar en las elecciones primarias, previas a las Elecciones Generales 2026, venció el 12 de julio último, por lo que cualquier modificación, como se plantea en la iniciativa parlamentaria, alteraría un plazo electoral ya expirado.

En cuanto a la modificación de la fecha límite de afiliación para participar en las elecciones primarias previas a las Elecciones Regionales y Municipales 2026, fijadas para el 7 de octubre de 2024, el colegiado electoral subraya que el plazo para este procedimiento fue establecido recientemente, por lo que “cualquier cambio adicional implicaría alterar las reglas pocas semanas después de su entrada en vigor sin una justificación basada en hechos concretos”.

“Tal acción podría generar incertidumbre entre los ciudadanos respecto al ejercicio de sus derechos políticos electorales”, señala en el documento.

Al respecto, el Pleno del JNE enfatiza que la vigente Decimoctava Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), incorporada por la Ley N.° 32058, publicada el 14 de junio de 2024, fijó las fechas máximas para que los ciudadanos se afilien a las organizaciones políticas a fin de participar en las elecciones primarias previas a los procesos electorales del 2026, en las cuales la ciudadanía elegirá a sus nuevas autoridades políticas.

Por otro lado, el mismo proyecto de Ley propone que para los procesos electorales del 2026 un partido político podrá estar constituido por 20 movimientos regionales con inscripción vigente, en 20 circunscripciones del país, disponiendo que para tal efecto “el JNE establece los procedimientos y requisitos correspondientes”.

Sobre ello, el tribunal electoral precisa que la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) y el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas ya prevén la integración de movimientos con el propósito de dar origen a un partido político, por lo que se debe tener en cuenta dicho marco normativo en la evaluación de la citada iniciativa legislativa.

El Acuerdo, conjuntamente con un informe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del JNE, fue remitido a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, que solicitó opinión institucional a la entidad electoral sobre el referido proyecto de ley.

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