El Ministerio Público resolvió que no procede «iniciar diligencias preliminares» contra el capitán PNP Junior Izquierdo Yarlequé, conocido como ‘Culebra’, por supuestamente ser parte de una organización criminal, según denunció el ministro del Interior, Juan José Santiváñez.
En ese sentido, la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada dispuso «el archivo de lo actuado», indicando que «la presente tiene calidad de cosa decidida».
En ese sentido, la referida fiscalía indicó que lo resuelto no constituye «cosa juzgada sino cosa decidida», por lo que «tiene abierta la posibilidad de ser reabierta», si es que se presentan «nuevos elementos probatorios no conocidos con anterioridad por el Ministerio Público» o «cuando la investigación ha sido deficientemente realizada».
Cabe indicar que fuentes de RPP indicaron que la defensa legal del ministro del Interior ha apelado la resolución de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada.
La denuncia de Santiváñez y la respuesta de la Fiscalía
El ministro del Interior, Juan José Santiváñez, denunció ante dicha fiscalía «la presunta existencia de una organización criminal enquistada (…) dentro de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público que tendría como finalidad la desestabilización del gobierno» de Dina Boluarte.
En esa línea, señaló que dicha «desestabilización» sería «a través de la ejecución de acciones conjuntas dirigidas a crear la falsa narrativa de que altos funcionarios del Estado, bajo órdenes de la presidenta (…), estarían realizando actos de obstrucción de (la) justicia, a fin de favorecer a particulares, lo cual supuestamente se habría manifestado a través del ‘cierre’ del Grupo de Apoyo Policial a la Eficcop», que lideraba el coronel PNP Harvey Colchado, «y a través de supuestas coordinaciones para el cierre de la Diviac».
Santiváñez Antúnez indicó además que los miembros de la supuesta organización criminal «habrían falsificado audios, documentos y brindado falso testimonio en el marco de investigaciones penales irregulares (…), conforme a un plan criminal preconcebido».
«Se tiene (…) el hecho de que miembros de la PNP en actividad, suspensión y retiro, de manera concertada, hayan preparado, manipulado, alterado o creado medios de prueba absolutamente falsos y los hayan presentado ante el Ministerio Público con la finalidad de que sirvan para la apertura de investigaciones penales en contra de altos funcionarios del Estado, contribuyendo a la narrativa», refiere la denuncia referenciada por la fiscalía.
Santiváñez también indicó que «entre la prueba falsa y/o adulterada» se tendrían «audios y pantallazos de WhatsApp, así como supuestas grabaciones de naturaleza incriminatoria, la cual ha sido alterada y creada con esta finalidad, siendo resultado de ello que a la fecha se hayan abierto múltiples investigaciones penales».
El ministro del Interior señaló también que «abogados» serían el «brazo legal» de la presunta organización criminal, y que su tarea sería brindar «declaraciones y entrevistas ante la prensa con la finalidad de promover» su «narrativa». Además indicó que los supuestos miembros del Ministerio Público que integrarían la presunta organización estarían encargados de «aperturar investigaciones secretas en contra de altos funcionarios, como ministros, a fin de recopilar la información (…) que producen los policías (…) para así legitimizar estos».
El fin de dicha organización criminal que señala Santiváñez, según su denuncia, sería «evitar que el gobierno continue ejecutando sus políticas y medidas anticorrupción en todos los niveles del Estado». Asimismo, indicó que «personal de la PNP, miembro de la organización criminal, pretendería perturbar o evitar que el Gobierno ejecute la renovación de cuadros de la entidad».
Ante ello, la citada Fiscalía contra el Crimen Organizado determinó que la denuncia «no cumpliría» con el «primer elemento obligatorio» de la estructura de una organización criminal, que sería el «elemento personal», ya que en el escrito interpuesto solo se identificó a Junior Izquierdo, y que el denunciante «no ha presentado ningún elemento de convicción sobre sus aseveraciones».
El Ministerio Público indicó que la denuncia tampoco cumple con el «elemento temporal» que debe tener la estructura de una organización criminal pues «de forma escueta se señala que esta información obra en medios, y que esto se habría suscitado desde el mes de junio (…), fecha en la que se habrían (…) empezado a filtrar los audios falsos al público».
«De forma subjetiva, el denunciante establece un marco temporal basado en las denuncias presentadas en su contra, por lo que este presupuesto no ha sido superado ni acompañado con algún elemento objetivo que acredite este elemento», indicó la fiscalía.
Respecto al fin de la presunta organización criminal, el Ministerio Público sostuvo que este «tiene que ser interiorizado por cada uno de los miembros» de dicha agrupación ilícita, lo cual «no se evidencia en la (…) denuncia, no es un dato objetivo sostener a partir de una denuncia (formulada en contra del denunciante) se logre desestabilizar al gobierno de turno». «Sostener ello es restringir el derecho de todo ciudadano a recurrir a la justicia», apuntó la fiscalía.
Sobre el elemento funcional que debería tener una organización criminal -es decir, las funciones de sus integrantes- el Ministerio Público indicó que «no se cumple ni de forma mínima con señalar cuáles son las funciones que tendrían los miembros de la presunta organización criminal, mas el hecho de que no se ha identificado a los demás miembros que indica el denunciante (…), con lo que respecto a este elemento se tiene por no cumplido al no haber acompañado la misma de algún elemento de convicción».
Por último, respecto a la estructura de la supuesta organización criminal, la Fiscalía indicó que «el denunciante no ha descrito la estructura que tendría (…), menos aún ha acompañado algún elemento de convicción que permita identificar qué tipo de organización criminal es la que denuncia».
«En consecuencia (…), por las consideraciones expuestas, se concluye que la noticia criminal no se adecúa al tipo penal de organización criminal; ya que del análisis de la misma se advierte que los hechos narrados no contienen los presupuestos básicos requeridos para determinar e investigar la existencia de una organización criminal», indica la resolución.
Abogado de Junior Izquierdo: «El denunciante no ha presentado ni un solo elemento de convicción que acredite su versión»
Tras conocerse la resolución fiscal, RPP conversó con José Mejía Chávez, abogado de Junior Izquierdo, quien señaló que la denuncia por presunta organización criminal interpuesta por el ministro del Interior contra su patrocinado se presentó, «a través de un correo electrónico», al día siguiente de que «tres reportajes en tres programas dominicales» revelaran los audios en los que supuestamente se escucha la voz del titular del Mininter.
«Lo que ha dicho esta fiscal contra el Crimen Organizado, en resumidas cuentas, es que no existe un motivo, que el hecho denunciado no constituye delito, que no es posible atribuirle a (Izquierdo Yarlequé) la presunta comisión del delito de organización criminal», resaltó el jurista.
«Lo que llama poderosamente la atención es que el denunciante no ha presentado ni un solo elemento de convicción que acredite su versión, que acredite la presunta comisión de este delito; por el contrario, le dice la fiscal contra el Crimen Organizado que, más bien, lo que el denunciante pretendería (sería) cuestionar los audios; pero eso ya es materia de investigación en la Fiscalía de la Nación», agregó.
Mejía Chávez sostuvo que esta resolución «es importante» porque «¿cómo se pone a una Fiscalía contra el Crimen Organizado a trabajar en un hecho que no constituye delito, en un hecho que, peor aún, ni siquiera presenta una prueba de esa de esa presunta organización criminal, y solamente la integran mi patrocinado y los que resultan responsables?»
«Es por ello que se ha declarado que no procede, ni siquiera, iniciar diligencias preliminares en contra del capitán Junior Izquierdo», acotó.
Por otro lado, el abogado de Izquierdo Yarlequé indicó que todavía no han finalizado las pericias del Ministerio Público a los audios donde, supuestamente, se escucharía a Santivañez.
«Estamos esperando que (el peritaje) se programe en el despacho de la Fiscalía de la Nación, en las próximas semanas, pero el primer paso va a ser que se va a verificar la autenticidad del dispositivo, si el dispositivo y los archivos que contienen han sido modificados, adulterados, o no; y luego vendrá el peritaje de la propia voz. Entonces, todavía no se nos ha notificado (…), no hay fecha; eso depende de la agenda fiscal y depende de la oficina de peritajes del Ministerio Público, que también tienen su propia carga procesal», puntualizó.
Por su parte, Carlos Caro, abogado del ministro del Interior, indicó que no se trata de un archivo ya que la «decisión» «será revisada por la Fiscalía Superior». Además, señaló que el Ministerio Público «sí ha identificado potenciales delitos cometidos, y precisamente por ello deberá derivar los actuados a las fiscalías competentes para que investiguen, por ejemplo, delitos de falsedad a través se medios digitales, alteración de pruebas y obstrucción a la justicia». «El caso recién empieza, no se debe adelantar conclusiones», puntualizó.