La SBS continúa con su rol supervisor de las entidades financieras, por lo que prohibió que esta cooperativa realice varias acciones, tras disolverla del sector. Conoce el motivo de esta decisión.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiamiento Popular porque se encontraba incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa.

Esto se dio a conocer a través de la Resolución SBS N° 03513-2024, publicada en El Peruano, se excluyó a Financiamiento Popular del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.

La norma señala que desde este 4 de octubre, se prohíben estas acciones de Financiamiento Popular:

Iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.

Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.

Constituir gravámenes sobre algunos de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.

Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
Constituir medida cautelar contra sus bienes.

Bajo este marco, la SBS designó que Rosario Isabel Tapia Casas y Ana Roxana Sánchez Meza serán administradoras temporales, principal y alterna, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiamiento Popular.

Las administradoras temporales, en representación de la SBS, realizarán las acciones necesarias para continuar con la disolución de la cooperativa de ahorro y crédito.

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