El Congreso de la República ha recibido una nueva propuesta legislativa que permitiría a los trabajadores retirar el total de los fondos acumulados en su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el año 2026 sin restricciones.

La iniciativa, denominada «Ley que autoriza la disposición total de la Compensación por Tiempo de Servicios como medida extraordinaria para la reactivación económica», según refiere, busca enfrentar los efectos de la inestabilidad política, los impactos del cambio climático y un entorno internacional adverso.

El Proyecto de Ley N.° 09844/2024-CR, impulsado por el congresista Segundo Quiroz Barbosa, del Grupo Parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, tiene como objetivo principal brindar mayor liquidez a los trabajadores para atender sus necesidades inmediatas y, a su vez, dinamizar la economía nacional.

Como se recuerda, el Ejecutivo permitió la libre disposición de la CTS desde el 2020 a causa de la crisis económica generada por la pandemia. La última ampliación se ordenó en el mes de mayo y está vigente hasta este 31 de diciembre del 2024.

«Esta medida permitirá a las familias peruanas enfrentar los desafíos económicos actuales, como el alza de precios y la baja en la productividad, generando un efecto positivo en el consumo interno», explicó Quiroz Barbosa en el documento presentado al Congreso.

Este proyecto aún deberá ser debatido en las comisiones de Economía y de Trabajo. En este sentido, el Congreso evaluará en los próximos días el impacto de esta propuesta y su viabilidad como herramienta para mitigar los efectos de la actual crisis económica.

¿Qué es la CTS y cuántas veces se deposita al año?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú es un beneficio laboral para trabajadores en planilla que se deposita dos veces por año. Es equivalente a una remuneración mensual por año en el régimen general y media remuneración por año en el régimen de pequeñas empresas.

Los depósitos se realizan de la siguiente manera:

En mayo (hasta el 15) por el período de noviembre a abril.

En noviembre (hasta el 15) por el período de mayo a octubre.

Si el trabajador tiene menos de un año de servicio, el cálculo se realiza de manera proporcional al tiempo trabajado.

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