El Pleno del Congreso de la República aprobó, por insistencia, y por unanimidad (106 votos), la ley que regula el régimen laboral de los guardaparques en el Perú.

La iniciativa legislativa se sustenta en los Proyectos de Ley 5755/2023-CR y 6275/2023-CR. Fue aprobada durante la sesión plenaria del 14 de diciembre el 2023 y observada por el Poder Ejecutivo el 25 de enero del presente año.

La titular de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, Ruth Luque Ibarra (CD-JP), sostuvo que lo que se pretende con esta propuesta es otorgar un nuevo marco laboral a los guardaparques que son, en su mayoría, de poblaciones indígenas, y que necesitan mejorar ostensiblemente sus ingresos salariales.

Esta iniciativa, dijo, se trabajó en diversas mesas técnicas con funcionarios del Ministerio de Ambiente y se expuso en ellas que se contaba con recursos económicos, y es por ello que el Congreso no ha transgredido ese criterio.

La observación del Ejecutivo, expuso, se centra en que los guardaparques deberían ingresar a la carrera del Servicio Civil, y eso es inviable, lo ha dicho el propio sector involucrado, como es el Ministerio del Ambiente.

La norma aprobada tiene por objeto establecer la creación y régimen laboral especial del Cuerpo de Guardaparques del Perú; y su finalidad de la presente ley es proteger los derechos de los guardaparques como actores estratégicos en la protección y gestión de las áreas naturales protegidas por el Estado.

Contiene 22 artículos, cuatro Disposiciones Complementarias Finales y una Disposición Complementaria Modificatoria. El dictamen de insistencia fue consensuado entre las comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología.

Intervinieron en el debate el congresista y primer vicepresidente del Congreso Arturo Alegría García (FP) y Karol Paredes Fonseca (NoA).

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